Derecho de petición a la EPS

Es una solicitud formal a su EPS amparada en el derecho fundamental de petición. Obliga a la EPS a responder de fondo en un plazo legal y es, además, la prueba que suele necesitarse si luego tiene que presentar una queja ante la Superintendencia Nacional de Salud o una acción de tutela.

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Cuándo usar este documento

  • Le niegan o demoran la autorización de un examen, cirugía o procedimiento.
  • No le entregan un medicamento formulado.
  • No le asignan cita con especialista.
  • Quiere el reembolso de algo que tuvo que pagar.

Si hay riesgo para la vida o la salud y la situación es urgente, no espere los 15 días: puede presentar directamente una acción de tutela. Guarde la orden médica, que es la prueba principal.

Plazos que debe conocer

  • Respuesta: 15 días hábiles (Ley 1755 de 2015, art. 14).
  • Copias e información: 10 días hábiles.

Paso a paso

  1. Llene el formulario con hechos concretos (fechas, números, nombres).
  2. Descargue y firme el PDF.
  3. Radíquelo en la oficina de atención al usuario de la EPS, en su portal web o por correo electrónico oficial y exija número de radicado o copia con sello y fecha.
  4. Cuente los días hábiles desde el día siguiente a la radicación.
  5. Si no responden a tiempo o la respuesta no resuelve de fondo, presente queja ante la Superintendencia Nacional de Salud o, si hay urgencia, una acción de tutela.

Base legal

Ley 1755 de 2015, art. 14
Plazos: 15 días hábiles (regla general), 10 días hábiles para documentos e información y 30 días hábiles para consultas. Si no puede responder a tiempo, la entidad debe avisarle antes del vencimiento.
Ley 1751 de 2015
Ley Estatutaria que reconoce la salud como derecho fundamental.
Ley 1755 de 2015, art. 16
Contenido mínimo: a quién se dirige, nombres e identificación, dirección de notificación, objeto de la petición y razones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el derecho de petición por un familiar?

Sí. Escriba sus datos como peticionario y los del paciente en el campo correspondiente; anexe copia del documento del paciente.

¿Qué hago si la EPS no responde?

Puede presentar queja ante la Superintendencia Nacional de Salud y, si se vulnera su derecho a la salud o de petición, una acción de tutela.

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