Cuándo usar este documento
- Cobra un plan mensual de redes.
- Cobra una campaña o lanzamiento.
- Hizo contenido para una marca.
Si maneja dinero de pauta del cliente, cóbrelo en un concepto separado de sus honorarios: así queda claro cuánto es su ingreso y cuánto fue inversión publicitaria.
Plazos que debe conocer
- No tiene un plazo legal: se presenta según lo pactado (al terminar el trabajo, por hitos o cada mes).
- Guarde copia de todas: son soporte de ingresos para su declaración de renta.
Paso a paso
- Llene sus datos, los de quien le paga y los conceptos con sus valores.
- El sistema suma el total y escribe el valor en letras.
- Pague y descargue el PDF.
- Fírmelo y envíelo a su cliente con los anexos que le pidan (RUT, certificación bancaria, planilla PILA).
Base legal
- Qué es legalmente
- Es un documento privado con el que una persona natural cobra por un servicio o bien cuando no está obligada a expedir factura. No es una factura electrónica ni la reemplaza para quien sí está obligado a facturar.
- Resolución DIAN 000167 de 2021
- Cuando una empresa o persona le compra a alguien no obligado a facturar y quiere soportar ese costo o deducción, debe generar el "documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar". Su cuenta de cobro le sirve como base, pero no reemplaza ese documento del comprador.
- Seguridad social de independientes
- Si cobra por un contrato de prestación de servicios personales, los aportes se calculan en general sobre el 40% del valor mensual del contrato (sin IVA), con mínimo 1 SMMLV, según la UGPP.
Preguntas frecuentes
¿Cobro la pauta en la misma cuenta?
Puede hacerlo en un concepto separado, aclarando que es inversión publicitaria.
¿Qué pongo en el concepto?
El plan, el mes y los entregables concretos (número de publicaciones, videos, reportes).
¿La cuenta de cobro reemplaza la factura electrónica?
No. Solo pueden usarla las personas no obligadas a facturar. Quien está obligado a facturar debe expedir factura electrónica.