Cuándo usar este documento
- Trabaja como independiente y no está obligado a facturar.
- Le hizo un trabajo puntual a una empresa o a una persona.
- La empresa le pide "pase la cuenta de cobro" para pagarle.
Numere sus cuentas de cobro en orden (001, 002, 003...) y guarde una copia de cada una: le sirven como soporte de ingresos para su declaración de renta.
Plazos que debe conocer
- No tiene un plazo legal: se presenta según lo pactado (al terminar el trabajo, por hitos o cada mes).
- Guarde copia de todas: son soporte de ingresos para su declaración de renta.
Paso a paso
- Llene sus datos, los de quien le paga y los conceptos con sus valores.
- El sistema suma el total y escribe el valor en letras.
- Pague y descargue el PDF.
- Fírmelo y envíelo a su cliente con los anexos que le pidan (RUT, certificación bancaria, planilla PILA).
Base legal
- Qué es legalmente
- Es un documento privado con el que una persona natural cobra por un servicio o bien cuando no está obligada a expedir factura. No es una factura electrónica ni la reemplaza para quien sí está obligado a facturar.
- Resolución DIAN 000167 de 2021
- Cuando una empresa o persona le compra a alguien no obligado a facturar y quiere soportar ese costo o deducción, debe generar el "documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar". Su cuenta de cobro le sirve como base, pero no reemplaza ese documento del comprador.
- Seguridad social de independientes
- Si cobra por un contrato de prestación de servicios personales, los aportes se calculan en general sobre el 40% del valor mensual del contrato (sin IVA), con mínimo 1 SMMLV, según la UGPP.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede hacer una cuenta de cobro?
Una persona natural que no sea responsable de IVA y no esté obligada a expedir factura. Si su RUT dice que es responsable de IVA o está obligado a facturar, debe expedir factura electrónica.
¿La cuenta de cobro necesita firma?
Sí, conviene firmarla. Puede firmarla a mano después de imprimirla o con una firma escaneada.
¿La cuenta de cobro reemplaza la factura electrónica?
No. Solo pueden usarla las personas no obligadas a facturar. Quien está obligado a facturar debe expedir factura electrónica.